El exlíder cívico potosino Marco Antonio Pumari enfrenta un proceso penal por su presunta participación en la quema del edificio del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Potosí, ocurrida la noche del 21 al 22 de octubre de 2019. Tras su aprehensión en diciembre de 2021 y casi cuatro años de detención preventiva, un tribunal de Potosí le otorgó detención domiciliaria el 29 de agosto de 2025, lo que viabilizó su salida del penal de Cantumarca. En paralelo, obtuvo libertad irrestricta en el caso “Golpe de Estado I”.
Hechos y fechas clave
22 de octubre de 2019 — Incendio del TED de Potosí
Durante las protestas poselectorales se quemó el edificio del TED potosino. Medios consignaron que al menos dos personas saltaron desde pisos superiores para salvar la vida.
2019–2020 — Inicio de actuaciones y denuncia
Autoridades electorales informaron posteriormente que la denuncia contra Pumari por la quema fue presentada por Julio Mujica, presidente del TED-Potosí designado durante la administración de Jeanine Áñez, extremo confirmado por la exvicepresidenta del TED, Zulema Mamani.
9–11 de diciembre de 2021 — Aprehensión y detención preventiva
Pumari fue aprehendido en Potosí en un operativo policial nocturno y, tras su audiencia en Llallagua, un juez ordenó su detención preventiva por seis meses en la cárcel de Uncía. La Fiscalía comunicó que lo investigaba por allanamiento, robo agravado, deterioro de bienes del Estado, obstaculización de procesos electorales y su presunta participación en la quema del TED.
2023 — Imputación en el caso “Golpe de Estado I”
Además del caso TED-Potosí, el Ministerio Público imputó a Pumari por terrorismo en grado de complicidad, uso indebido de bienes y servicios públicos y asociación delictuosa dentro del caso “Golpe de Estado I”.
15 de noviembre de 2024 — Retorno a Cantumarca para juicio por el caso TED
La ABI informó que Pumari sería trasladado nuevamente a Cantumarca para enfrentar la audiencia de juicio por la quema del TED de Potosí.
25–27 de agosto de 2025 — Traslado La Paz–Potosí
Luego de beneficiarse con una decisión en el proceso “Golpe I”, fue sacado del penal de San Pedro (La Paz) y trasladado, bajo fuerte resguardo, al penal de Cantumarca (Potosí) para su audiencia dentro del caso TED.
29 de agosto de 2025 — Detención domiciliaria en el caso TED
El Tribunal Primero de Sentencia de Potosí ordenó detención domiciliaria para Pumari en el proceso por la quema del TED, decisión confirmada por medios nacionales y la agencia estatal.
29 de agosto de 2025 — Salida del penal de Cantumarca
Esa noche, Pumari abandonó Cantumarca para cumplir la medida en su domicilio. Crónicas de prensa registraron su salida y declaraciones.
Libertad irrestricta en “Golpe I” y situación actual
En paralelo, fue beneficiado con libertad pura y simple dentro del caso “Golpe de Estado I”. Su situación principal pendiente es el proceso por la quema del TED, ahora bajo régimen de detención domiciliaria. Medios internacionales reseñaron el paso de prisión preventiva a arresto domiciliario tras csi cuatro años.
Cargos en el caso TED-Potosí (según comunicación fiscal de 2021)
- Allanamiento
- Robo agravado
- Destrucción/deterioro de bienes del Estado
- Obstaculización de procesos electorales / impedir o estorbar el ejercicio de funciones
- Instigación pública a delinquir (según distintas comunicaciones y reportes judiciales)
Estos tipos penales se consignaron cuando se dispuso la detención preventiva en 2021 y fueron ampliados/precisados en fases posteriores del proceso.

Contexto y relevancia pública
- La quema de recintos electorales no fue un hecho aislado; hechos de violencia contra TED departamentales fueron reportados también en Beni, Santa Cruz, Pando y Chuquisaca, en el marco de la crisis poselectoral.
- La CIDH documentó el clima de graves tensiones y vulneraciones de derechos en su visita de noviembre de 2019.
- En 2025, tribunales bolivianos comenzaron a revisar de oficio detenciones preventivas prolongadas; varios casos de alto perfil (incluido Pumari) transitaron a arresto domiciliario.
Estado procesal
- Caso TED Potosí (2019): en marcha, con detención domiciliaria dictada el 29/08/2025 por el Tribunal Primero de Sentencia de Potosí. Pumari salió de Cantumarca esa misma noche para cumplir la medida.
- Caso “Golpe de Estado I”: Pumari obtuvo libertad pura y simple días antes de la decisión en Potosí.
Línea de tiempo resumida
- 21–22/10/2019: Quema del TED de Potosí.
- 2019–2020: Denuncia formal contra Pumari por parte de Julio Mujica (TED-Potosí).
- 09–11/12/2021: Aprehensión y detención preventiva por 6 meses (Uncía). Cargos: allanamiento, robo agravado, daño a bienes del Estado, obstaculización del proceso electoral, etc.
- 2023: Imputación en “Golpe de Estado I” (terrorismo en grado de complicidad, uso indebido de bienes y servicios públicos y asociación delictuosa).
- 15/11/2024: ABI anuncia su retorno a Cantumarca para el juicio por el caso TED.
- 27/08/2025: Traslado de San Pedro (La Paz) a Cantumarca (Potosí) para audiencia.
- 29/08/2025: Detención domiciliaria en el caso TED; ese mismo día sale de Cantumarca.
- Agosto 2025: Libertad irrestricta en “Golpe de Estado I”.
Citas de referencia destacadas
- Sobre el incendio del TED (2019): “La muchedumbre tomó y quemó las instalaciones del TED de Potosí” (La Razón, 22/10/2019).
- Sobre los cargos (2021): ANF detalló la lista de delitos comunicada por Fiscalía al ordenarse la detención preventiva.
- Sobre la medida de 2025: Red Uno, Brújula Digital, ABI y otros confirmaron la detención domiciliaria dictada por un tribunal de Potosí el 29/08/2025; Reuters reseñó el paso de Pumari a arresto domiciliario tras casi cuatro años sin sentencia.
Análisis / Opinión
Pumari quedó atrapado en la intersección entre responsabilidades políticas y responsabilidades penales: lo primero se discute en la arena pública; lo segundo exige prueba suficiente y debido proceso. Los hechos de 2019 fueron graves y documentados, y judicializarlos es necesario para reparar daños y sentar precedentes. Dicho esto, 44 meses de detención preventiva sin sentencia (hasta su cambio de medida) no resisten un estándar razonable: la prisión preventiva debe ser excepcional y justificada, no la regla. Que el caso avance con juicio oral, pruebas y contradicción, ya con el imputado bajo arresto domiciliario, es un paso en la dirección correcta; ahora la obligación de la justicia es sentenciar (condena o absolución) con prontitud, sobre la base de evidencia, no de coyunturas.
Fuentes principales: La Razón; Agencia de Noticias Fides (ANF); Agencia Boliviana de Información (ABI); Brújula Digital; Red Uno; Opinión; Reuters; ACLO/El Potosí; Bolivia Verifica; CIDH/OEA.











